El partido de gobierno intenta aprobar proyecto de ley que busca modificar, entre otras, elementos cruciales de los créditos agropecuarios, agregar cambios a las Unidades Agrícolas Familiares (UAF) crear las «Zonas de Desarrollo Empresarial»; medidas que afactarán al campesinado y los pequeños productores.
Las organizaciones y procesos abajo firmantes alertamos sobre el trámite del Proyecto de Ley 181 de 2020 “Por el cual se prioriza los recursos de créditos agropecuarios al sector primario en Colombia y se dictan otras disposiciones” que va a discutirse en la Plenaria del Senado de la República.
Este proyecto de ley, de iniciativa de parte de la Bancada del Centro Democrático, pretende reformar elementos cruciales del crédito agropecuario para direccionarlo hacia el sector primario, es decir, hacia minería, explotación forestal, agricultura, ganadería, silvicultura, apicultura, acuicultura, caza y pesca. Para ello, pretende modificar una serie de leyes y decretos reglamentarios entre los que se cuenta la Ley 16 de 1990 que trata sobre créditos agropecuarios y ha sido reformada recientemente en el marco de la pandemia, así como el Estatuto Orgánico al Sistema Financiero; además incluye una reforma a la Ley 160 de 1994, conocida como la Ley de Reforma Agraria, instando al que el Gobierno Nacional extienda las extensiones de las Unidades Agrícolas Familiares (UAF) para implementar dos proyectos pilotos en “zonas donde no hay desarrollo”, sin tener claro cuáles son los criterios de selección de dichas zonas y desconociendo el régimen de baldíos que está vigente en el país, y cuya finalidad es dotar de tierras al campesinado sin tierra o con tierra insuficiente para su subsistencia en condiciones de dignidad.
Vale la pena recordar que la UAF fue creada para limitar el fraccionamiento en pequeñas parcelas que no permiten que las familias campesinas puedan tener, además de su sustento, la posibilidad
de mejorar sus condiciones de vida a través de la producción de alimentos y el fomento de otras actividades agropecuarias, pero también para evitar el acaparamiento y la acumulación de tierras rurales en el país. En este sentido, las tierras públicas de la nación con tal destinación deben preservarse para cumplir con el principio constitucional de acceso a tierras establecido en el artículo 64 de la Carta Política.
Igualmente, es conocido que entre los años 2015 y 2016 se tramitó la Ley ZIDRES que estableció la creación de las Zonas de Interés de Desarrollo Rural, Económico y Social (Ley 1776 de 2016), con un objetivo idéntico al que se pretende tramitar en el artículo 10 del proyecto de ley en mención. Incluso la misma Ley 160 de 1994 dispone de una figura muy similar llamada Zonas de Desarrollo Empresarial que cumpliría la misma función, por lo cual hay una inquietud creciente en los sectores campesinos sobre este proyecto, pues ni las Zidres ni las Zonas de Desarrollo Agropecuario han sido implementadas, y aun así, el partido de gobierno pretende crear una nueva figura de extensión de la UAF para proyectos productivos que seguramente beneficiarán a la agroindustria y no a los pequeños productores del campo que tan gravemente afectados se han visto en los últimos tiempos tanto por las políticas que han quebrado el campo colombiano, como por los efectos de la pandemia en el sector.
Al no ser clara la finalidad que persigue el artículo 10 de este proyecto, vale la pena preguntarnos:
- ¿No es suficiente la figura de Zonas de Desarrollo Empresarial de la Ley 160 de 1994 o las ZIDRES de la Ley 1776 de 2016?
- ¿Por qué incluir una modificación a la Ley 160 de 1994 en una reforma sobre créditos agropecuarios?
- ¿Se trata de una modificación de la UAF de adjudicación o de la UAF predial?, ¿Nos enfrentamos a una nueva extensión de tierras para la titulación acaso cuando es evidente que no hay suficiente tierra disponible para dotar de este recurso a quienes no lo tienen?
Esta modificación parece ir de la mano con la creación de una nueva línea de crédito agropecuario destinada específicamente a medianas y grandes empresas del campo “con la finalidad de que a través de ellas se coloquen los recursos en los productores agropecuarios que hagan parte de la misma cadena productiva del sector primario” (artículo 7).
Llama la atención que a pesar de la diversidad de líneas de crédito agropecuario abiertas actualmente se quiera crear una nueva con destinación específica a empresas para que reciban recursos que hoy son destinados de manera directa para los productores del campo. Nos preguntamos si con ello se quiere beneficiar a las empresas de monocultivos, agroindustria o incluso minería al tratarse del denominado sector primario.
Los anteriores no son los únicos inconvenientes del proyecto de ley sobre el que alertamos. Las disposiciones que modifican el crédito agropecuario tales como la unificación de títulos de desarrollo agropecuario (TDA) en una sola categoría, lo que harían sería encarecer los créditos para los pequeños productores pues los pondría a competir con los medianos y grandes, aumentando las tasas de interés y, por tanto, haciendo cada vez más difícil el acceso a créditos flexibles para los pequeños productores (artículos 3 y 4). Por otro lado, el proyecto pretende establecer un rango de definición de los productores del campo, creando la categoría de “microproductor”, junto a las categorías de pequeño, mediano y gran productor agropecuario, con lo cual dejaría por fuera las líneas de crédito agropecuario que se han creado desde 1990 y que priorizan a población vulnerable y a sectores prioritarios del campo como las mujeres y los jóvenes rurales, comunidades étnicas, población adulta mayor que vive en el campo, población con discapacidad y otros sectores que requieren de políticas focalizadas para acceder a este tipo de apoyos financieros para la producción en el campo (artículo 5).
Esta iniciativa legislativa no cuenta con concepto positivo ni siquiera del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. El pasado 19 de agosto de 2021, El Viceministerio de Asuntos Agropecuarios emitió concepto sobre el proyecto de ley en el que da cuenta de los errores de forma que tiene la iniciativa, que van desde problemas de redacción y la técnica legislativa, pasando por la falta de identificación de la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario, el orden lógico y enunciación de las entidades responsables del crédito agropecuario, hasta la reforma de disposiciones que ya no están vigentes, desconociendo con ella algunas de las reformas actuales que se han hecho al sector, tales como la Ley 1731 de 2014 y la Ley 2071 de 2020, ambas sobre la reactivación del sector agropecuario, siendo la última tramitada en el marco de la pandemia (en especial en lo que refiere a lo propuesto en los artículos 5 y 6 del proyecto de ley, sobre definición de productores del campo y objetivo del Objeto del Fondo Agropecuario de Garantías – FAG).
Y en lo que tiene que ver con el contenido del proyecto de ley, el mismo concepto institucional advierte que las pretensiones de la iniciativa afectarían la disponibilidad de recursos y el acceso a crédito agropecuario fundamentalmente para los pequeños productores campesinos en favor de los grandes productores. Además de buscar beneficiar al sector financiero, bancos intermediarios y empresas Fintech, en detrimento del Sistema Nacional de Crédito Agropecuario.
Por estos motivos, alertamos a todas las organizaciones campesinas, étnicas y populares sobre esta perversa intención, a la vez que les invitamos a pronunciarse contra este tipo de proyectos que favorecen la enorme brecha de desigualdad ya existente en el campo colombiano.
SOLICITAMOS A LAS SENADORES Y SENADORES QUE ARCHIVEN ESTE PROYECTO DE LEY TAN REGRESIVO PARA LOS DERECHOS DEL CAMPESINADO COLOMBIANO Y DE LAS POBLACIONES RURALES DEL PAÍS.
Suscriben:
Comité de Integración del Macizo – CIMA
Federación Nacional Sindical Unitaria Agropecuaria – Fensuagro
FIAN – Colombia
Corporación para la Protección y Desarrollo de Territorios Rurales – Prodeter
Asociación Nacional de Zonas de Reserva Campesina – ANZORC
Coordinadora Departamental de Organizaciones Sociales, Ambientales y Campesinas del Caquetá
– COORDOSAC
Asociación Municipal de Trabajadoras y Trabajadores Campesinas y Campesinos de San José del
Fragua – Portales del Fragüa
Mesa de Concertación Campesina por el Derecho a la Tierra de Cartagena del Chairá
Asociación de Juntas de Acción Comunal de Cartagena del Chairá
Asociación Campesina Unidos por Togüí y sus Comunidades – ASCAMUTOCO
Asociación campesina de Inzá Tierradentro – ACIT
Colectiva Agraria Abya Yala
Corporación Jurídica Yira Castro – CJYC
Asociación Municipal de Trabajadores Campesinos de Curillo Caqeutá – ASMTRAC CURC
Asociación Sindical de Campesinos de Piamonte Cauca – ASINTRACAMPIC
Asociación Campesina Ambiental del Losada Guayabero – ASCAL G
Asociación de Campesinos Unidos por la Acción Comunal el Medio Ambiente y los Derechos
Humanos – ACUAMADHU
Cooperativa Multiactiva del Yarí – COOPAZ YARÍ
Asociación Interveredal de Juntas del Sur de Solano Caquetá – AINJUSOC
Coordinador Nacional Agrario – CNA