Por medio de una misiva enviada al Ministro del Trabajo, Medicina Legal y la Viceministra de Relaciones Laborales e Inspección, siete congresistas expresaron varias inquietudes frente al proyecto de decreto que el Gobierno Nacional emitirá en los próximos días que habla sobre el “Manual Único para la calificación de la pérdida de Capacidad Laboral y Ocupacional”.
Bogotá, marzo 9 de 2021 – El Ministerio del Trabajo publicó un proyecto de decreto que derogaría el decreto 1507 de 2014, el cual tiene como objeto ser el instrumento técnico para evaluar la pérdida de la capacidad laboral y ocupacional de cualquier origen para determinar la pérdida de la capacidad laboral y ocupacional. Ante este anuncio, diferentes voces agrupadas en sindicatos de trabajadores enfermos que históricamente han defendido el derecho a la estabilidad laboral reforzada, han expresado su rechazo al mencionado proyecto de decreto por ser nocivo y excluyente para los trabajadores colombianos.
En la misiva, los congresistas expresan que “si se llegara a convertir en decreto tal como está diseñado actualmente, se estaría desconociendo lo establecido en de la Corte Constitucional y de la Corte Suprema de Justicia”.
Según los trabajadores y congresistas, el proyecto busca revivir lo establecido en el artículo 7 del Decreto 2463 de 2001 sobre los grados de discapacidad, desconociendo lo considerado por las altas Cortes y en la convención sobre los Derechos de las Personas con discapacidad.
Adicionalmente, insisten en que en el proyecto de decreto se debe revisar la definición sobre la capacidad laboral y la definición de trabajo habitual, pues de quedar como está actualmente, no permitirá acceder al derecho de calificación a aquel trabajador cuya actividad laboral no se ubique dentro de lo que establece en el proyecto de decreto como trabajo habitual.
Finalmente, los congresistas llaman al Ministerio del Trabajo a revisar el proyecto de decreto junto a los trabajadores para construir dicho manual y que esté acorde con la jurisprudencia de las altas cortes, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, a la Ley Estatutaria 1618 de 2013 y la Constitución Política de 1991.
Carta enviada por congresistas:
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